Consorcio Gestor Hospitalario del Caribe exige 646 mil millones por incumplimiento del contrato del Cari

Consorcio Gestor Hospitalario del Caribe exige 646 mil millones por incumplimiento del contrato del Cari. El CGHC, mediante declaración pública informa a la opinión pública lo siguiente:
- Que el día 12 de julio ante la Procuraduría General de la Nación, se inició el proceso de demanda de controversia contractual contra la Gobernación del Atlántico y el Hospital Universitario Cari ESE, Alta Complejidad, por el incumplimiento a la ejecución del contrato número 690 de 2019 firmado por la gerencia del Hospital para la operación y prestación de servicios en ese centro asistencial.
2. Que pasados 19 meses de haberse firmado el contrato y existiendo el acta de inicio respectiva,
suscrita el 8 de enero de 2020 entre el entonces gerente del Hospital Cari Alta Complejidad y el
representante del Consorcio, no se ha podido hacer uso del hospital por parte del Consorcio por los
constantes actos de dilación del proceso provocados por la Gobernación del Atlántico en cabeza de
la secretaria de Salud Departamental, que sin fundamento asumieron una conducta negativa para
el desarrollo del contrato de operación.

Consorcio Gestor Hospitalario del Caribe exige 646 mil millones por incumplimiento del contrato del Cari
«Se ha producido un grave perjuicio material al consorcio, ocasionando un daño patrimonial, reflejado en un daño emergente y en lucro cesante, en cuantía estimada a los 646.600 millones de pesos, teniendo en cuenta el tiempo de ejecución proyectado en 15 años.
RAUL DONADO BELTRÁN
Representante legal
Consorcio GHC
3. Igualmente, se ha visto vulnerado el derecho a los usuarios a tener la prestación de servicios
médico-hospitalarios, aunado a la crisis reflejada por la pandemia que demandaba tener el Hospital
en pleno funcionamiento, para así cumplir con su deber misional, funcional y contractual.
4. En todo momento hemos mantenido una actitud conciliadora ante la administración, contraria a
la posición de los miembros de Junta Directiva del Hospital Cari Alta Complejidad, quienes
expidieron el acuerdo número 199, limitando las funciones del Gerente de turno, acto
administrativo que fue demandado ante el Tribunal Administrativo del Atlántico, en donde como
medida cautelar se suspendió por ser contrario a derecho, en todos sus efectos, el referido acuerdo.
5. Por ello, acudimos ante la justicia para obtener el resarcimiento de los derechos que nos han sido
vulnerados por la institución y en consecuencia, se nosrestablezca en nuestros derechos adquiridos
contractualmente.
6. Colombia es un Estado Social de Derecho y por lo tanto los miembros del Consorcio CGHC en
cumplimento de nuestro deber legal vamos a defender los derechos de los usuarios a tener un
adecuado servicio público de salud, que se requiere de manera prioritaria, particularmente en estos
momentos de pandemia. Hoy los usuarios del servicio de salud departamental no están contando
con una debida atención en servicios médico-asistenciales, entre ellos los de Alta Complejidad. Con
la salud del ciudadano no se juega.
RAUL DONADO BELTRÁN
Representante legal
Consorcio GHC
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