Corte Constitucional prohíbe la caza deportiva en Colombia

Corte Constitucional prohíbe la caza deportiva en Colombia
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*A partir del 21 de agosto del 2020 la caza deportiva será ilegal en el país y quien la realice deberá responder penalmente.

Colombia un país que avanza en protección animal, celebra hoy la decisión de la Corte Constitucional que prohíbe la caza de animales con fines deportivos.

El alto tribunal informó que «declaró la inconstitucionalidad de normas que autorizan la caza deportiva por ser contrarias al deber de protección del ambiente» y aunque existen varios clubes que viven y promueven esa actividad desde el próximo mes, quien la realice deberá responder penalmente.

Demanda interpuesta

Aunque este tema ya había desatado algunos debates años atrás, la decisión que empezará a regir a partir del 21 de agosto del presente año, fue impulsada por una demanda interpuesta por la abogada Laura Santacoloma Méndez, quien cabe resaltar, abrió el primer Simposio Nacional de Protección Animal, presentando este caso.

Santacoloma Méndez expuso que la cacería deportiva es una actividad recreativa y que actualmente es objeto de cuestionamiento ético por el hecho de disponer de la vida de animales sin que medie una justificación racional, solo por diversión o recreación humana.

Afectación a los ecosistemas

La cacería deportiva se considera como una actividad sin arraigo cultural en el país. “Desde el punto de vista ambiental, la cacería deportiva conlleva a la disminución de especies y a la contaminación ambiental causada por el plomo, el cual al estar en contacto con el agua, aire y demás elementos, se oxida y su resultado contaminante se dispersa rápidamente e impacta negativamente los ecosistemas y sus especies” indicó la abogada Santacoloma.

Ante este hecho, el magistrado Antonio José Lizarazo, se pronunció manifestando que la decisión corresponde a un gran logro para el país en materia medioambiental y de protección de los derechos de los animales.

“No es constitucionalmente admisible matar o maltratar animales con el único propósito de la recreación, porque eso es incompatible con la obligación o el mandato constitucional de la protección del ambiente, de la cual forman parte los otros seres vivos, los otros seres sintientes, los animales”

Sentencia constitucional

El texto de la sentencia C-045/19 de la Corte Constitucional de Colombia, se expresa de la siguiente forma: «El sacrificio de la vida de un ser vivo por el hombre, es una forma extrema de maltrato en cuanto elimina su existencia misma y es un acto de aniquilamiento. Cuando es injustificada, la muerte de un animal es un acto de crueldad, pues supone entender que el animal es exclusivamente un recurso disponible para el ser humano.

La caza deportiva, en fin, es un acto dañino en cuanto está dirigida a la captura de animales silvestres, ya sea dándoles muerte, mutilándolos o atrapándolos vivos”

Las especies más amenazadas

En Colombia las especies más amenazadas, producto de esta práctica, son: el pato barraquete, el pato pisingo o iguaza, la perdiz común, la torcaza y paloma silvestre, y el venado colablanca.

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Puro Ambiente Informativo Medio pionero del periodismo ambiental en Barranquilla y la Costa Caribe Colombiana, reconocido con el Premio Ambiental GEMAS 2019. Fundado en 1997, promueve comunicación socioambiental, educación y ciudadanía.Dirige: Cielo Rocío Loaiza Sarabia, Comunicadora Social y Periodista, Educadora Ambiental e Integradora Social. Actualmente desarrolla su labor entre Colombia y España, impulsando contenidos que promueven sostenibilidad, integración social y convivencia pacífica.

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